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sábado, 13 de agosto de 2011

Consumidores deben conocer productos exentos del IVA





La Oficina Municipal contra la Especulación y Derroche Energético (Omcede) del Municipio Plaza, hace un llamado a la colectividad en general a “estar informado a cerca de los productos que están exentos del impuesto al Valor Agregado (Iva) según la ley que reglamenta la materia, para poder evitar la usura de comerciantes inescrupulosos.


Luís Hernández, director de esta dependencia, hizo el llamado a los consumidores “todos debemos conocer los productos que según la ley no deben tener el valor agregado, sólo si estamos bien informados podemos combatir el abuso que quieran cometer en contra del pueblo”. Recalcó que “Omcede está en operativos permanentes, vigilante de que se cumplan las normas”.
Según la reglamentación vigente, están exentos del impuesto la venta de: arroz, harina de origen vegetal, pan y pastas alimenticias, huevos, sal, azúcar, papelón, café, mortadela, atún, sardinas, leche, queso blanco duro, margarina y mantequilla y pollo.

Asimismo no deben pagar IVA las prestaciones de los servicios de transporte terrestre y acuático, educativos que presten instituciones inscritas en los ministerios educativos, cultura y deportes, entradas a parques nacionales, zoológicos, museos, centros culturales e instituciones similares, cuando se trate de entes sin fines de lucro exentos del Impuesto Sobre la Renta. Los servicios médicos-asistenciales y odontológicos de cirugía y hospitalización.

Igualmente, las entradas a espectáculos artísticos, culturales y deportivos siempre que su valor no exceda el valor de dos unidades tributarias, servicio de alimentación prestados por escuelas, el suministro de servicios básico (luz, agua, aseo, gas. Esto según información de la gaceta oficial 37.999 de fecha 11 de agosto de 2004.

Exigir facturas legales

El titular de Omcede, Luís Hernández, en sus declaraciones también aprovechó la oportunidad para recordar la providencia 0257 del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) que establece las normas generales de emisión de facturas y otros documentos. Recalcó: “las facturas legalmente deben contener: la denominación”factura”, nombre y apellido o razón social, el registro único de información fiscal (Rif), número consecutivo y fecha de emisión.

En cuanto a la descripción debe contener cantidad y monto del bien o servicio y en el caso de que las características de la máquina limiten las especificaciones se debe realizar de forma genérica (carne, pollo, quesos, jamón, entre otros) y aquellos productos que estén exento del IVA también debe aparecer en la impresión con el formato (E).

Concluyó Hernández “todos debemos ser contralores de que se nos de una buena prestación de los servicios y debemos estar atentos para evitar, irregularidades que vayan en perjuicio de los intereses del colectivo. No acepten factura en cuya descripción sólo indique: varios, frigorífico, charcutería, quincalla, o similiares”. Gobierno de Plaza.

1 comentario:

  1. QUISIERA SABER SI LOS ALIMENTOS COMO EMPANADAS SANDWICHS , AREPAS ENTRE OTROS. ESTAN EXENTOS DE IVA

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